
Cambios en los pagos de comisiones en CABA
On 20/11/2017 by Marina PosicionandoHace poco tiempo atrás, en la fecha del 18 de septiembre de 2017, entraban en vigencia modificaciones de la Ley 2,340, encargada ésta de regular el corretaje inmobiliario en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Si estás pensando en alquilar, vamos a contarte todo al respecto.
¿Qué representan estos cambios?
Anteriormente a estas modificaciones de la Ley, eran los inquilinos quienes debían abonar las comisiones en los contratos de alquiler. Ahora, con estos cambios, la responsabilidad de ello recae sobre los dueños de las propiedades. Estas modificaciones fueron aprobadas en la fecha del 23 de agosto del corriente año, siendo el proyecto presentado por el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y aprobado por un total de 51 votos positivos.
Otra de las modificaciones fundamentales de este proyecto tuvo que ver con que, ahora, las inmobiliarias no pueden tampoco cobrar a los inquilinos los gastos administrativos o de gestoría. Uno de los beneficios principales de esta modificación, según Juan Maquieyra, Titular del Instituto de la Vivienda de la Ciudad, es que
“el costo de entrada para alquilar una vivienda va a bajar entre un 25 y un 30 por ciento”
Hay una serie de puntos específicos de este proyecto aprobado recientemente que debemos tener especialmente en cuenta, sobre todo aquellas personas que estén buscando alquilar. Estos son los siguientes.
“Los costos de gestoría de informes (condiciones de dominio, gravámenes e inhibiciones) no podrán ser requeridos a los inquilinos”
“Para los casos de alquileres de viviendas en los que el inquilino sea una persona física, el monto máximo de la comisión a cobrar será el equivalente al 4,15% del valor total del contrato y queda a cargo del propietario, no del inquilino”
“Queda expresamente prohibido cobrarle comisiones inmobiliarias a los inquilinos. También queda prohibido cobrarles los honorarios por administración de dichas locaciones”
Por otro lado, se obliga a las inmobiliarias de la ciudad a colocar en sus establecimientos y a la vista de sus clientes la siguiente leyenda: “Se encuentra prohibido cobrar comisiones inmobiliarias y gastos de gestoría de informes a los inquilinos que sean personas físicas. Para los casos de alquiler de vivienda, el monto máximo de la comisión que se le puede cobrar a los propietarios será el equivalente al 4,15% del valor total del respectivo contrato”
El depósito de garantía no puede tener un valor superior al valor respectivo de dos meses de alquiler (esto quiere decir, un mes por cada año que corresponde al contrato).
Estas nuevas regulaciones, en su totalidad, se aplican a los alquileres de vivienda de la Ciudad de Buenos Aires.
Contacto
Encontrá Alquileres Temporarios en Alternativa Propiedades
Telefono
Llamanos (+5411) 5263 3535
Whatsapp
Escribinos al +54911 3605-5329
Email
Escribinos al [email protected]
Deja un comentario